Spanish Ministry of Defence

20 years of missions
international

Dossier

La Respuesta a la nueva Misión de las Fuerzas Armadas

(Pulse para descargar el archivo 18 Mbytes). La sociedad demanda que el Estado sea el garante de su seguridad global. Una exigencia que trasciende la asistencia cotidiana ampliando sus demandas a nuevos requerimientos en el terreno de las emergencias. Y es que, en la actualidad, a la capacidad de respuesta diaria de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y los servicios sanitarios, se une la necesidad de afrontar con eficacia y garantía los retos que amenazan la seguridad y el bienestar de los ciudadanos en los supuestos de grave riesgo, catástrofe, calamidad u otras necesidades públicas. 

España ha sido escenario en los últimos años de una serie de acontecimientos que han marcado un antes y un después en el análisis y reflexión sobre lo que debe ser la participación del Estado en asuntos ligados a la ayuda en situaciones de emergencia. Catástrofes como el grave incendio que afectó a la provincia de Guadalajara en 2005; los que calcinaron miles de hectáreas en la Comunidad Autónoma de Galicia en 2006; el hundimiento del barco “Prestige”, que ennegreció las costas gallegas, han supuesto que la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas hayan determinado la creación, en unos casos, o la potenciación, en otros, de unos servicios técnicamente especializados y altamente cualificados para atender con celeridad la demanda ciudadana en cada caso. 

El 7 de octubre de 2005, el Consejo de Ministros creó, en el seno de las Fuerzas Armadas, la Unidad Militar de Emergencias (UME).

El propósito era simple. Los Ejércitos pasaban a colaborar con el resto de Administraciones para atender, de forma especializada y profesional, aquellas situaciones en las que, por diversos motivos, el ciudadano necesitara de su presencia por existir peligro para su vida o sus bienes materiales en los niveles de emergencia que se estipularan.

La creación de la UME coincidía, en el espíritu y en la letra, con la Unidad necesaria para llevar a cabo la nueva misión que, un mes después, vendría a establecer el artículo 15.3 de la Ley Orgánica 5/2005, de la Defensa Nacional:

Las Fuerzas Armadas, junto con las instituciones del Estado y las Administraciones públicas, deben preservar la seguridad y el bienestar de los ciudadanos en los supuestos de grave riesgo, catástrofe, calamidad u otras necesidades públicas, conforme a lo establecido en la legislación vigente.
El Gobierno optó por el establecimiento de una Unidad militar de intervención rápida, plena disponibilidad, con presencia en todo el territorio nacional y que respondiera de manera ágil y eficaz a las necesidades de la sociedad española. Así, la recién creada Unidad recibió la misión de actuar en aquellas emergencias que tengan su origen en riesgos naturales: inundaciones, terremotos, grandes nevadas, incendios forestales así como las derivadas de riesgos tecnológicos.

La disponibilidad se manifiesta en emergencias de nivel 2 (existen cuatro niveles: 0, 1, 2 y 3), a solicitud de las autoridades autonómicas con responsabilidad en la emergencia declarada en cada caso, ajustándose a lo establecido en la legislación vigente de protección civil.

Las emergencias de nivel 3 son las denominadas de interés nacional y, por lo tanto, requieren de la función directiva del Estado, que se materializaría en función ejecutiva a través de la Unidad Militar de Emergencias.

 

 

Copyright 2010 Ministerio de Defensa de España - UME. Base Aérea de Torrejón. Crta. Nacional II, Km.22, 28850 Torrejón de Ardoz, Madrid - Tlf.:(34) 91 748 70 00